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Capilla de Juan el Bautista

~ "Detrás de mí viene el que es más fuerte que yo. Yo os he bautizado con agua, pero él os bautizará con Espíritu Santo". Evangelio de Marcos

Capilla de Juan el Bautista

Archivos mensuales: mayo 2017

Los fieles en la Iglesia de Cristo

21 domingo May 2017

Posted by Hospitalario in reflexión

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código derecho canónico, concilio vaticano II, lobo, los fieles en la iglesia, serpiente, vicario roberto rojo

 

El Reino de Dios
El Reino de Dios
Vicario episcopal Roberto Rojo y diácono
Vicario episcopal Roberto Rojo y diácono
Cristo de la caña, Melilla
Cristo de la caña, Melilla

 

            La constitución de la Iglesia es el Código de Derecho Canónico, y es por tanto una obligación canónica: “el que en cada parroquia exista un consejo de asuntos económicos (CDC 537), regido por las normas que haya establecido el obispo diocesano, y en el cual los fieles, elegidos según estas normas, prestan su ayuda al párroco en la administración de los bienes de la parroquia”.

     La aplicación de este artículo, promovido por el Concilio Vaticano II, que recomienda la participación de los laicos en la vida de la Iglesia, hubiese impedido o al menos limitado la tormenta iconoclasta que devastó las iglesias de la ciudad durante el periodo comprendido entre 1974 y 1989, y que conocemos como “iconoclastia”.

     El artículo 536 del CDC prevé otro instrumento más de participación de los laicos en la vida parroquial y eclesial, que es el consejo pastoral, previsto en principio para las Diócesis, pero que mediante una petición fundamentada al Ordinario del lugar, el obispo en este caso, puede autorizar la creación del citado consejo. Llegados aquí debemos puntualizar que el primero es obligatorio, y el segundo potestativo, pero que ambos son instrumentos de ayuda al párroco, y su carácter es solo consultivo, pues siempre es el titular de la parroquia al que le corresponde decidir y actuar.

     Sin embargo, no es lo mismo decidir asesorado, por fieles que conocen la vida e historia de su territorio, que tomar una decisión en soledad sin ninguna referencia orientativa. Los sacerdotes, los párrocos, no deben temer la existencia de estos consejos, entre otras cosas porque son ellos mismos quienes nombran sus componentes, que pueden ser ratificados o no por el siguiente titular de la parroquia.

    Estos órganos asesores sirven de enlace y orientación entre un párroco y el que le sustituye, por lo que se evitaría la sensación de “vuelta a empezar” tras la renovación en la parroquia o en el arciprestazgo de la ciudad. También evitaría la sensación de “terreno desconocido” que siente un sacerdote al llegar a un nuevo territorio bajo su administración apostólica, sin nada que le oriente. Así mismo se evitarían la formación de camarillas clericales, o a que participación de los laicos quede reducida a las agrupaciones religiosas o cofradías, y esto sucede solo una semana al año.

   La sensación de soledad del sacerdote, del párroco, del arcipreste quedaría eliminada, tanto en los aciertos como en los errores, y se evitarían situaciones de acoso al titular de una parroquia, a un arcipreste, o a fieles concretos. Mejoraría la comunicación entre la Iglesia como institución, y los laicos y fieles como comunidad, que no puede existir luna sin la otra. Nunca hay que olvidar que la serpiente permanece siempre enroscada en el árbol, buscando siempre su momento.

    El consejo pastoral está integrado tanto por sacerdotes como por laicos, mientras que el económico lo forman solo laicos. El CDC es muy claro en cuanto al perfil de los integrantes de los consejos parroquiales, artículos 512 y sucesivos: “fieles que estén en plena comunión con la Iglesia Católica, que destaquen por una fe segura, buenas costumbres y prudencia”, para el caso del consejo pastoral, y con conocimientos económicos en materia de administración de bienes eclesiásticos, para el caso del consejo económico parroquial.

                       La oportunidad del Vicario Roberto Rojo

      El Vicario episcopal tiene mucha gente que le apoya, y que podrían ser muchos más, incluidos los sacerdotes del arciprestazgo, si se decidiese por crear estos órganos consultivos de gobierno, y que ya resultan necesarios. Estamos en la época de la revolución de las comunicaciones, en las que cualquier noticia llega al punto más lejano en un solo instante. Es también un vicario muy apoyado por el obispo diocesano, por lo que podría poner en marcha estos consejos, y sería un legado que dejaría a la iglesia del futuro próximo.

      Según los documentos conciliares: “compete a los laicos las tareas y el dinamismo seculares, acometiendo nuevas iniciativas y llevándolas a buen término, …pero no piensen que sus pastores están siempre en condiciones de poderles dar inmediatamente solución concreta en todas las cuestiones, aun graves, que surjan. No es esta su misión”. Y para que nadie, en su altivez y orgullo se sienta por encima de otro o de otros, la iglesia es una comunidad, el documento conciliar advierte: “Entiendan todos que en tales casos a nadie le está permitido reivindicar en exclusiva a favor de su parecer la autoridad de la Iglesia».

      El lobo, al igual que la serpiente, acechará siempre, por tanto, es obligación del pastor guarecer a su rebaño, en el presente y en el futuro. Hay instrumentos y hay que ponerlos en práctica.

La Hermandad de la Divina Pastora

20 sábado May 2017

Posted by Hospitalario in historias de la iglesia

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centenario del culto en melilla, divina pastora en melilla, hermandad divina pastora, procesión divina pastora en melilla

 

La Divina Pastora en calle San Miguel
La Divina Pastora en calle San Miguel
Trono de la Divina pastora
Trono de la Divina pastora
Bnada del Cautivo
Bnada del Cautivo
Autoridades y público asistente
Autoridades y público asistente

                     Primer centenario de la celebración del culto en Melilla 

          En una fecha indeterminada, pero comprendida entre 1914 y 1919, la imagen de la Divina Pastora, culto que tiene su origen entre los frailes capuchinos, llegó a la ciudad de Melilla. Al parecer su primera localización se produce en la capilla de las religiosas del Buen Consejo, ya presentes en Melilla. El primer Triduo o celebración litúrgica de tres días, se produjo en el mes de junio de 1917, por lo que no sería arriesgado afirmar que esa podría ser la llegada de la primera imagen a la ciudad. Esto quiere decir, que este año su cumple el primer centenario de su conmemoración litúrgica.

          En la procesión de este año se producía otra novedad, y es que se trata del primer desfile procesional tras su refundación como hermandad, en lo que puede considerarse como su segunda época. Según el historiador religioso José Luis Blasco, la primera hermandad se constituyó en la Iglesia de La Purísima en 1921, y desapareció como tal en el periodo conocido como «iconoclastia» (1974-1989). Pasados esos años, la procesión fue reflotada y mantenida por José Ruiz Vacca, pero como asociación, pero sin rango de hermandad. En esa etapa, la procesión se llevaba a cabo en el mes de junio, siempre en el domingo siguiente al Corpus. Desde el año 2007, y tras el fallecimiento del que fuera su anterior Hermano Mayor, la tradicional procesión de la Divina Pastora por las calles de Melilla La Vieja se ha adelantado al mes de mayo. Es la única procesión que se ha mantenido en la calles de la ciudad antigua de Melilla.

           La imagen primitiva u original es de gran peso, 450 kgs y ya no es procesionada, por lo que se encargó otra de menor tamaño y más ligera, que es portada en trono y transportada solo por mujeres. La imagen de la procesión en la calle de San Miguel, la más antigua de Melilla, resulta incomparable con la luz del atardecer.                                   

                                                       El buen Pastor

       La figura del Buen Pastor surge con fuerza en el evangelio de Juan: “Pero quien entra  por la puerta, es pastor de las ovejas. A este le abre el portero y las ovejas escuchan su voz; llama a las ovejas propias por su nombre y las saca fuera….El asalariado, el que no es pastor, de quien no son propias las ovejas, ve venir al lobo, deja las ovejas y huye, y el lobo las arrebata y las dispersa…..Tengo también otras ovejas que no son de este aprisco. A estas es preciso que yo también las guíe, y oirán mi voz; y habrá un solo rebaño, un solo pastor”. Juan 10, 1-16

       Como advocación y culto, el de la Divina Pastora de las almas, surge a finales del siglo XVII en Sevilla, de la mano de Fray Isidoro, que beberá el culto de otras fuentes, como el dominico fray Pedro de Santa María, y fray Pablo de Cádiz. De la católica y siempre excesiva Sevilla, saltará a la también católica pero más templada Málaga. La primera procesión de la Divina Pastora se celebró en Sevilla en 1703*.

Sentido y uso de las indulgencias

16 martes May 2017

Posted by Hospitalario in textos y referencias

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enquiridión, las indulgencias, martín lutero, padre claret, Teófanes Egido

    

Enquiridión de indulgencias
Enquiridión de indulgencias
Dolores de San Pedr, Almería
Dolores de San Pedr, Almería
La lámpara
La lámpara

              ¿Qué son las indulgencias? ¿Cree todavía alguien en ellas? Un fraile agustino, Martín Lutero, se dio a conocer al mundo en 1517 con sus 95 tesis sobre las indulgencias, que no suponían una negación de las mismas, sino una reforma de ellas y una denuncia de su abuso.

        Para entender lo que son hemos tenido que recurrir a libros antiguos, uno de ellos de 1863, titulado El Cristiano Instruido en el Uso y Naturaleza de las Indulgencias, del jesuita A. Maurel. El otro es un compendio o enquiridión de las principales indulgencias concedidas por el Papa, único que puede autorizarlas, de 1961, y editado por la editorial Balmes en Barcelona. También hemos consultado el Camino Recto y Seguro para ir al Cielo, de San Antonio Mª Claret, editado en 1882.

     El Enquiridión recoge un total de 800 oraciones y prácticas piadosas que han recibido la catalogación de indulgencia, y cuya práctica y recitación redime parte de las penas temporales que ocasionan los pecados o las faltas humanas. En realidad las indulgencias, podrían constituir un reglamento penitenciario tanto del pecado, como del propio purgatorio, que existe, según Ratzinger y la propia definición de catecismo católico romano.

      Aquí si difieren la Iglesia Ortodoxa, que no entiende de dónde sacó Roma el concepto de purgatorio, y la Protestante y sus derivadas, ya que el propio Lutero afirmó claramente que el hecho de la muerte, alivia y exonera de la jurisdicción del Papa, según explica en su tesis nº 13: “A los muertos no les es aplicable el Código de Derecho Canónico”. Lutero, Obras. Edición de Teófananes Egido, ediciones Sígueme.

       Según el libro del padre Maurel: “En el sentido teológico, expresa igualmente la palabra Indulgencia un acto de clemencia y de misericordia, una remisión, una condonación, un perdón concedido por la Iglesia. Cuando el pecado es mortal, la pena en la que se incurre es eterna y debe sufrirse en el infierno, sin alivio y sin esperanza de perdón. In inferno nulla est redemptio”. Salvo que, y esto lo decimos nosotros, la Misericordia del Padre disponga otra cosa. Sin embargo, esto es algo que no puede vislumbrarse desde este lado de las cosas.

       Sin embargo, afirma Maurel: “Si le pecado es venial, y no merece la eternidad ni los tormentos”, entonces entran en acción las indulgencias. La absolución sacramental recibida mediante la confesión, con el correspondiente acto de contrición, perdona la culpa en la parte humana, pero no lo referida a la parte divina de la culpa, que solo puede redimirse mediante la penitencia. Todo esto lo resolvió Lutero eliminando la confesión, la absolución, el culto a los santos, a los difuntos, a las reliquias y remitiendo todo a la instancia divina, eso sí, ya inapelable.

         En las iglesias evangélicas, derivadas de la acción de Lutero y que constituyen un modo de iglesia libre (free church), ya no existe nada de esto, por lo que los católicos-romanos y greco-ortodoxos nos enfrentamos casi en soledad, a la disyuntiva entre salvación o condenación eterna. Bien es cierto, que la mediación de La Iglesia y su teorización sobre el purgatorio, crea un espacio para redimir una parte de esa culpa final, mediante la práctica de las indulgencias. Los justos no deben preocuparnos, porque como decía Lutero, solo habrá cuatro o cinco. En su tesis 23 afirma: “Si a alguno se le pueden redimir todas las penas, es seguro que solo puede ser a los muy perfectos, es decir, a poquísimos”. Lutero ahonda en este aspecto en su tesis 31: “El ganar de verdad las indulgencias es tan raro, es decir, tan rarísimo, como dar con una persona realmente arrepentida”. Tras publicar sus indulgencias en 1517, Lutero no había roto con Roma ni con el Papado, como si sucedería tras su excomunión en 1521. Según el reformador alemán, ni siquiera el Papa puede estar seguro de verse libre de los padecimientos del purgatorio o incluso del infierno.

      Según el padre Claret “indulgencia es lo mismo que remisión de la pena temporal de los pecados perdonados, que puede dar tiempo a satisfacerse en esta vida, o en su continuación, esto es, el purgatorio”. Incluso “un pecado mortal, si está debidamente confesado, y detestado con perfecta contrición, puede derivar de la pena eterna, a otra temporal”; por ejemplo de 800, ó 5000 años de purgatorio, que en términos eternos, resultan cantidades inapreciables.

    Hay indulgencias aprobadas, como la de la práctica de la Hora Santa, que redime 15 años de una sola vez. Hay otras, como las letanías de los santos que reducen hasta en 7 años las penas infernales. Lo más común, y tratándose de pecados comunes, rebajan entre 200 y 500 días las penas más comunes, las de hasta 100 años de purgatorio.

     La cuestión es: ¿Cree ya alguien en esto?. Todo ha caído, pero no por la acción de Lutero.  como decía Benedicto XVI en una homilía de 2008:” Actualmente, se suele pensar que como Dios es tan grande y nos conoce, todo será perdonado. Pero también existe la justicia y la verdadera culpa. Quienes han hecho daño no pueden sentarse de inmediato a la Mesa del Señor, junto con las víctimas. Dios crea justicia, debemos tenerlo muy presente”.

       

Abba: orar frente al Padre

07 domingo May 2017

Posted by Hospitalario in reflexión

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Abba, arameo, informe sobre la Fe, ipssisima verba iesu, Joachim Jeremias, padrenuestro

Orar frente al Padre
Orar frente al Padre
Panagia, Milagrosa-Melilla
Panagia, Milagrosa-Melilla
Cripta de Santa Eulalia, Catedral de Barcelona
Cripta de Santa Eulalia, Catedral de Barcelona

       Abba es una palabra aramea que significa padre. Es una lengua semítica, la hablada por el propio Jesucristo. Hay muchas voces similares, procedentes de la misma familia de lenguas, como abun en árabe, abi o buya. Sabemos pues cómo hablaba Jesucristo, pero es más difícil saber qué cosas decía, no lo aquello que dicen que decía.

         Para acercarnos a sus propias palabras contamos con varios elementos como pueden ser la exégesis y el análisis de texto. También contamos con grandes exégetas, como Joseph Ratzinger, un pontífice cristiano, nacido en el Alemania, el país de Lutero. Su ventaja es enorme porque puede leer a Lutero en su propia lengua y confrontar los dos modelos. Del lado luterano existe otro portentoso exégeta Joachim Jeremias (1900-1979) casi contemporáneo de Benedicto XVI, y que también se formó en la universidad de Tubinga.

         Para Ratzinger en Informe sobre la Fe, BAC- 1985, pag-181. ”La Escritura vive en una comunidad y tiene necesidad de un lenguaje. Toda traducción es al mismo tiempo una interpretación. Hay pasajes en donde dice más el traductor que la Biblia”. Esto quiere decir que hay que tener mucho cuidado con las traducciones bíblicas, si se pretende una aproximación cercana a lo que se conoce como “ipssisima verba Iesu” o las propias palabras de Jesús.

                                       La oración frente al Padre

     En Abba; Ediciones Sígueme, Salamanca-2015, Jeremías nos ofrece una aproximación a la oración conocida como Padrenuestro, según pudo salir de los propios labios de Jesús:

           “Padre bienamado, santificado sea tu nombre. Venga tu Reino. Nuestro pan para mañana dánoslo hoy. Y perdónanos nuestras deudas, así como también nosotros, al decir estas palabras, perdonamos a nuestros deudores. Y no nos dejes caer en la tentación”.

            Esta es la oración original, ofrecida en respuesta a un desconocido discípulo que le dijo: ¡Señor, enséñanos a orar!  El episodio está contenido en Lucas 11. Solo éste evangelista y Mateo refieren esta oración.  La oración de Mateo es más larga, muy aproximada a la forma en la que la conocemos. ¿Cuál de las dos es la original?, se pregunta Jeremías en Abba, pág. 221: “Según todo lo que sabemos sobre las leyes que rigen en materia de textos litúrgicos, cuando se presenta un caso como éste donde la redacción más breve se halla íntegramente contenida en la redacción más larga, debe considerarse la corta como redacción original. Por lo que puede considerarse el texto de Mateo una ampliación o desarrollo”. La oración contenida en Lucas, en la traducción del original griego realizada por Nacar y Colunga es muy aproximada a la propuesta por Jeremías. Sin embargo, la exégesis es también interpretación y explicación.

     Los dos modelos de oración difieren en la longitud y en la traducción de algunas palabras, por lo que se hace necesaria otra pregunta, ¿Cuál de los dos modelos propuestos se acerca más al significado original, la de Mateo que está en pretérito o la de Lucas que está en presente?, pregunta de nuevo Jeremías, para aclarar de modo inmediato, ob., pág-223: “Quien ofrece una traducción más difícil es Mateo, quien probablemente está en contacto con una base aramea, utilizando un  perfectum praesens del arameo. Lucas actúa eligiendo el presente para los cristianos que hablaban en griego. Lucas asimila algunos de los usos idiomáticos griegos”.   

    Joachim Jeremias concluye su investigación de esta manera: “La redacción de Lucas conservó la forma más antigua por lo que respecta a la longitud; pero el texto de Mateo está más próximo al original en cuanto a la formulación del contenido común a ambas redacciones”.

      Jeremías se formó como estudiante en Jerusalén entre 1910 y 1918, ya que su padre Friedrich Jeremias fue rector de la iglesia luterana del Redentor en Jerusalén durante esos años. Para él, la radical diferencia de la predicación de Jesús es que es el primer y único profeta, que se dirige a Dios como Padre, Abba, de modo directo y sin ningún otro aditamento litúrgico. Definiendo así esta peculiar oración: “El padrenuestro es la suma más clara y rica, pese a su brevedad, que tenemos del mensaje de Cristo. Con el don que hizo del padrenuestro a los discípulos, comienza el rezar en nombre de Jesús”.

 

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